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Avanza programa de regularización para el despacho de autoconsumo de combustibles; se publicará en dos semanas

Avanza programa de regularización para el despacho de autoconsumo de combustibles; se publicará en dos semanas

Constará de tres etapas y a partir del 1 de enero de 2027 los distribuidores y comercializadores tendrán prohibido vender combustible a quienes no estén registrados.

En días pasados se realizó una mesa técnica celebrada recientemente, autoridades federales y diversas cámaras del sector transporte delinearon los detalles de un nuevo programa de regularización dirigido a las personas que realizan actividades de despacho para autoconsumos.

Los permisos de autoconsumo se dan a entidades públicas o privadas que, por su actividad económica, puede recibir, almacenar o expender combustibles a vehículos de su propiedad y la cual está prohibida la venta a terceros, pero que han señalado como puntos de venta de combustible ilegal por la irregularidad de muchos de estos centros.

De acuerdo con un webinar organizado por la Asociación Mexicana de Distribuidores Energéticos (AMDE) y PetroIntelligence se prevé que este programa sea publicado oficialmente a más tardar en dos semanas.

De acuerdo con el especialista Carlos Quintana, dicha mesa de trabajo contó con una nutrida representación de autoridades, entre las que destacaron la Secretaría de Energía (Sener), la Comisión Nacional, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) y la Fiscalía General de la República (FGR), así como representantes de cámaras como la Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP), Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar) y Cámara Nacional del Autotransporte de Pasaje y Turismo (Canapat).

Esquema en tres etapas

Carlos Quintana detalló que el programa de regularización está proyectado para desarrollarse en tres fases principales, la primera con un registro de usuarios finales, futuros permisionarios y transportistas, que tendrán como fecha límite el 31 de diciembre para realizar su registro en este programa.

La segunda etapa consiste en la emisión de la regulación, donde la autoridad se ha comprometido a emitir la regulación correspondiente en un plazo de 12 meses, periodo en el cual se generarán mesas de trabajo en vinculación con la ASEA.

Cabe destacar que actualmente esta regulación no existe.

Finalmente la última etapa contempla el otorgamiento de permisos, fase en la que se procederá a la entrega de los permisos correspondientes una vez que la regulación haya sido emitida.

Restricciones para distribuidores

Este registro otorgará certeza a los distribuidores y comercializadores del sector, quienes estarán habilitados para seguir vendiendo a los usuarios finales que cuenten con dicho registro.

Sin embargo, se advirtió que a partir del 1 de enero de 2027, los distribuidores y comercializadores tendrán estrictamente prohibido vender combustible a cualquier persona o empresa que no esté registrada, esto con el fin de evitar sanciones o multas contempladas en el artículo 87 del reglamento de la materia.